La presente Guía tiene por objeto recoger los diferentes criterios y procedimientos que pueden ser necesarios para llevar a cabo la tramitación de los expedientes de información oficial (artículo 10.1 de la Ley 25/1988 de Carreteras y artículo 33 del Reglamento General de Carreteras) o de información pública (artículo 10.4 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras y artículo 34 del Reglamento General de Carreteras) de los distintos Estudios de carreteras que realiza la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, de acuerdo con la legislación sectorial vigente.
La denominación genérica de Estudios de carreteras que se utiliza en esta Guía comprende, de acuerdo con las definiciones del artículo 7 de la Ley de Carreteras y el artículo 22 del Reglamento General de Carreteras, los siguientes tipos establecidos en razón a su finalidad:
- Estudio de planeamiento
- Estudio previo
- Estudio Informativo
- Anteproyecto
- Proyecto de construcción
- Proyecto de trazado
El tipo más frecuente de Estudio de carreteras objeto del trámite de información pública será, de acuerdo con el artículo 34.3 del Reglamento General de Carreteras, el Estudio Informativo. No obstante, cuando las circunstancias concurrentes lo aconsejen cualquier otro tipo de Estudio de carreteras, documentos complementarios, proyectos modificados u otros documentos derivados de los Estudios mencionados podrán someterse a información oficial o pública de acuerdo con la legislación vigente, en la misma forma y con el mismo régimen jurídico que si de un Estudio informativo se tratara. Con el único fin de homogeneizar criterios se incluyen como anexo modelos de oficios y escritos para los diversos trámites necesarios.