Por Orden de 21 de junio de 1965 («Boletín Oficial del Estado>> de 17 de septiembre) se aprobó la Instrucción de carreteras 5.1-IC «Drenaje». A la vista de los avances técnicos habidos en este campo de la técnica vial durante el tiempo transcurrido, la Dirección General de Carreteras ha procedido a la revisión del texto de dicha Instrucción, en lo relativo al drenaje superficial de las carreteras. la cual ha recibido la denominación de Instrucción de carreteras 5.2-IC’ «Drenaje superficial». La parte de la Instrucción 5.1-IC relativa al drenaje profundo de las carreteras se encuentra actualmente en fase de estudio, por lo que su regulación no es objeto de la presente disposición.
Primero.-Se aprueba la Instrucción de carreteras 5.2.-IC «Drenaje superficial», en los términos establecidos en el. anexo a la presente Orden.
Segundo.-La Instrucción que se aprueba se tendrá en cuenta en los estudios y proyectos de carreteras que se redacten a partir de la entrada en vigor de la presente disposición. Las obras de carreteras en fase de realización a la citada entrada en vigor se seguirán· rigiendo, en lo relativo a drenaje superficial, por lo establecido al efecto en la Instrucción 5.1-IC «Drenaje» aprobada por Orden de 21 de junio de 1965.
Tercero.-Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo de esta Orden. quedan derogados los epígrafes y figuras relativos a drenaje superficial de la Instrucción 5.1.-l.C’ «Drenaje superficial”. aprobada por Orden de 21 de junio de 1965. v cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la Presente Orden.
Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.