Orden FOM/3053/2008. INSTRUCCIÓN TÉCNICA PARA LA INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD Y BANDAS TRANSVERSALES DE ALERTA EN CARRETERAS
Fecha de publicación: 23/08/2008 / 4871
Listing Type : 10.6. Travesías
Location : España
Condition : Vigente

El objeto de esta norma es el establecimiento de los criterios básicos que deben ser considerados en el proyecto y la ejecución e instalación de «reductores de velocidad (RDV)» y «bandas transversales de alerta (BTA)».

En general se consideran dos tipos diferenciados de dispositivos: aquellos en los que la finalidad es mantener una velocidad reducida de circulación a lo largo de ciertos tramos, y aquellos en los que la finalidad es la advertencia a los usuarios d e la necesidad de realizar alguna acción preventiva (por ejemplo: reducir la velocidad).

El primer grupo lo componen los «reductores de velocidad» (cuyas ventajas destacadas son el mantenimiento efectivo de la velocidad en valores reducidos y la identificación y protección de los pasos de peatones), y el segundo las bandas transversales de alerta.

Esta norma básica será de aplicación en todos. aquellos puntos de la Red de Carreteras del Estado donde sea necesaria la instalación de «reduc1tores de velocidad (RDV)» y «bandas transversales de alerta (BTA)».

  1. OBJETO
  2. ÁMBITODE APLICACIÓN
  3. REDUCTORES DE VELOCIDAD

3.1. Definición

3.2. Criterios de implantación

3.2.1. Ubicación

3.2.2. Limitaciones

3.3. Criterios de diseño

3.3.1. Materiales de construcción

3.3.2. Geometría

3.3.2.1. Paso peatonal sobreelevado (reductor trapezoidal)

3.3.2.2. Reductor tipo «lomo de asno» in situ

3.3.2.3. Reductor prefabricado

3.3.3. Borde de entrada.

3.3.4. Conexión con acera

3.4. Equipamiento

3.4.1. Señalización

3.4.2. Iluminación

  1. BANDAS TRANSVERSALES DE ALERTA (BTA)

4.1. Definición

4.2. Criterios de diseño

4.3. Criterios de implantación

4.3.1. Ubicación

4.3.2. Disposición longitudinal

4.3.3. Señalización


 

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