Este Real Decreto se dicta con el objeto de prevenir y limitar riesgos, así como para la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios derivados de la utilización de los productos que regula, por medio del establecimiento de controles que permitan detectar o contribuir a evitar aquellas circunstancias que pudieran dar lugar a la aparición de riesgos y mitigar las consecuencias de posibles accidentes, todo ello en el ámbito de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.