Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
Fecha de publicación: 01/08/2009 / 1031
Listing Type : 1.4. Contratación
Location : España
Condition : Vigente

La aprobación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ha supuesto la incorporación al Derecho Español de importantes novedades en el ámbito de la Contratación Pública. Buena parte de ellas proceden del Derecho Comunitario Europeo, tanto de las Directivas que establecen las normas de armonización de las legislaciones de los Estados miembros con respecto a los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos, como de otras iniciativas legislativas o políticas de los órganos de la Unión Europea o incluso de la propia práctica de las legislaciones vigentes en los diferentes Estados europeos.

La introducción de estas novedades, así como las modificaciones de la legislación vigente en el momento de promulgarse la nueva Ley 30/2007, de 30 de octubre, determinan la necesidad de adaptar las normas reglamentarias en vigor al nuevo régimen legal. Buena parte de las nuevas instituciones que se incorporan a nuestro derecho de la contratación pública y de las reformas del derecho vigente que incorpora la Ley pueden ser objeto de desarrollo reglamentario sin necesidad de forzar los plazos exigidos por la elaboración de una norma de tanta complejidad técnica como lo es el Reglamento de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público.

 

CAPÍTULO I. CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS

Sección 1.ª Solvencia económico-financiera para la clasificación de empresas.
Artículo 1. Criterios técnicos de solvencia económica y financiera.
Artículo 2. Justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
Artículo 3. Comprobación de los datos de solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.

Sección 2.ª Revisión de clasificaciones.
Artículo 4. Revisión de oficio de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
Artículo 5. Expedientes de revisión de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
Artículo 6. Informes y propuestas de resolución.
Artículo 7. Recursos.

CAPÍTULO II. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado

Sección 1.ª Normas generales
Artículo 8. Régimen organizativo.
Artículo 9. Clases de inscripciones.

Sección 2.ª Inscripciones obligatorias
Artículo 10. Inscripción de la clasificación.
Artículo 11. Práctica de la inscripción de la clasificación.
Artículo 12. Inscripción de las prohibiciones de contratar.
Artículo 13. Práctica de la inscripción.
Artículo 14. Efectos de la inscripción de las prohibiciones de contratar.

Sección 3.ª Inscripciones voluntarias
Artículo 15. Actos inscribibles voluntariamente.
Artículo 16. Circunstancias de las inscripciones voluntarias.
Artículo 17. Práctica de las inscripciones voluntarias.
Artículo 18. Obligaciones de los empresarios inscritos.
Artículo 19. Efectos de la inscripción en el Registro.
Artículo 20. Certificaciones relativas a las inscripciones.

CAPÍTULO III. Las Mesas de Contratación
Artículo 21. Composición de las mesas de contratación.
Artículo 22. Funciones de las mesas de contratación.
Artículo 23. Mesa de diálogo competitivo.
Artículo 24. Mesa de contratación del sistema estatal de contratación centralizada.

CAPÍTULO IV. Aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor
Artículo 25. Órgano competente para la valoración.
Artículo 26. Presentación de la documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
Artículo 27. Apertura de los sobres.
Artículo 28. Composición del comité de expertos.
Artículo 29. Designación de los órganos que deban efectuar la valoración.
Artículo 30. Práctica de la valoración.

CAPÍTULO V. Comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público
Artículo 31. Contenido de las comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público.

[Disposiciones adicionales]

Disposición adicional única. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

[Disposiciones transitorias]

Disposición transitoria primera. Comunicación de datos al Registro de Contratos del Sector Público.
Disposición transitoria segunda. Régimen Transitorio de las normas relativas al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Disposición transitoria tercera. Mesas de contratación actualmente constituidas.
Disposición transitoria cuarta. Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.

[Disposiciones derogatorias]

Disposición derogatoria única.

[Disposiciones finales]

Disposición final primera. Normas de carácter básico y no básico.
Disposición final segunda. Modelos de anuncios.
Disposición final tercera. Anexos I y II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Disposición final cuarta. Anexos I, II.A y II.B de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del Agua, la Energía, el Transporte y los Servicios Postales.
Disposición final quinta. Modificación del artículo 179.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Disposición final sexta. Modificación del artículo 28.4 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre.
Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno de la Intervención General de la Seguridad Social.
Disposición final octava. Entrada en vigor.

ANEXO I. Comunicación de datos de contratos para su inscripción en el Registro de Contratos del Sector Público

ANEXO II. Modelos de anuncios de licitación y formalización de los contratos para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

ANEXO III. Modelos de anuncios de licitación y adjudicación de los contratos para su publicación en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas»
APÉNDICE

SECCIÓN PRIMERA. Modificación de los Anexos I y II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

ANEXO I. Actividades a que se refiere el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

ANEXO II. Servicios a que se refiere el artículo 10 de la 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

SECCIÓN SEGUNDA. Adaptación al Reglamento (CE) n.º 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007 de los Anexos I, II.A y II.B de la Ley 30/2007, de 30 de octubre sobre procedimientos de contratación en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales

ANEXO I. Lista de Actividades contempladas en la letra b) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre sobre procedimientos de contratación en los sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales

ANEXO II A. Servicios a que se refiere el artículo 15.1 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales

ANEXO II B. Servicios a que se refiere el artículo 15.2 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales

Features
Ensayos
Legislación
Normativa
Otros documentos
Asociación Técnica de Carreteras (ATC)
Valoraciones
There are no reviews yet, why not be the first?
Valoraciones
Puntúa este documento de 1 a 5:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Documentos relacionados