En el proceso contencioso-administrativo número 1701/1998, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia de fecha 12 de junio de 2001, aclarada por Auto de fecha 3 de octubre de 2001, y cuyo tano dice literalmente:
«FALLAMOS: DESESTIMAR. el recurso contencioso-administrativo, Interpuesto por la representación procesal de CONSEJO SUPERIOR OE COLEGIOS DE LA INGENIERIA TÉCNICA MINERA y por el CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS DE INGENIEROS DE MINAS contra la Orden del Ministerial de 19 de Noviembre de 1998, a que el mismo se contrae. Sin imposición de costas.».