PG•3 ARTÍCULO 211. BETUNES ASFÁLTICOS
Fecha de publicación: 30/08/2014 / 2796
Listing Type : 11.1.Materiales
Location : España
Condition : Vigente

Se definen como betunes asfálticos, de acuerdo con la norma UNE-EN 12597,  los ligantes hidrocarbonados, prácticamente no volátiles, obtenidos a partir del crudo de petróleo o presentes en los asfaltos naturales, que son totalmente o casi totalmente solubles en tolueno, y con viscosidad elevada a temperatura ambiente.

A efectos de aplicación de este artículo, se especifican tres tipos de betunes asfálticos:

–           Convencionales (norma UNE-EN 12591).

–           Duros (norma UNE-EN 13924-1), para los betunes asfálticos destinados a la producción de mezclas bituminosas de alto módulo.

–           Multigrado (norma UNE-EN 13924-2), con aplicaciones semejantes a las especificadas para los ligantes convencionales en los artículos correspondientes de mezclas bituminosas de la Parte 5 de este Pliego..

211.1 DEFINICIÓN

211.2 CONDICIONES GENERALES

211.3 DENOMINACIONES

211.4 TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

211.5 RECEPCIÓN E IDENTIFICACIÓN

211.6 CONTROL DE CALIDAD

211.6.1 Control de recepción

211.6.2 Control a la entrada del mezclador

211.6.3 Control adicional

211.7 CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO

211.8 MEDICIÓN Y ABONO

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