Real Decreto 2296/1981 sobre SEÑALIZACIÓN DE CARRETERAS, AEROPUERTOS, ESTACIONES FERROVIARIAS, DE AUTOBUSES Y MARÍTIMAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de interés general en el ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (BOE nº 242, de 9 de octubre de 1981)
Fecha de publicación: 28/08/1981 / 628
Abierto el proceso de transferencia de competencias y servicios a las Comunidades Autónomas y establecida en alguna de ellas la cooficialidad del castellano y de la lengua propia de la Comunidad, se hace necesario dictar, al amparo del artículo ciento cuarenta y nueve punto uno punto veintiuno de la Constitución, la normativa necesaria para acomodar a dicha realidad la disposición vigente sobre señalización en materia de carreteras, transportes y comunicaciones, dando así, por otra parte, cumplimiento a los Acuerdos internacionales suscritos por España.
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